Con el final del programa “Golden visa” muchos clientes nos preguntan: y, ahora, ¿qué? ¿Qué opciones tenemos para disfrutar de más tiempo en nuestra casa en España sin tener que ser residentes fiscales?
La legislación actual permite a un turista de la zona Schengen (incluido Reino Unido) pasar 90 días cada 180 días en España sin necesidad de solicitar ningún tipo de permiso o visado. Existen herramientas como la calculadora 90/180 que ayudan a hacer los cálculos de las estancias: https://ninety180.com/
Las autoridades han anunciado que a partir del próximo 12 de octubre entrará en vigor el control biométrico de pasaportes que sustituye al sellado manual actual. Con este cambio, las autoridades tendrán digitalizadas las entradas y salidas de los viajeros con lo que será fácil detectar a aquellos que se hayan excedido en la estancia.
Además, está previsto que en 2026 entre en funcionamiento el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS) como requisito de entrada para los viajeros no comunitarios exentos de visado (similar al ETA – Autorización electrónica de Viajes que existe desde abril en Reino Unido) para estancias cortas por turismo, negocios, visitas familiares o en caso de hacer escala en el país