Recibimos muchas consultas de clientes preocupados por sus viviendas con origen en el ruido mediático. Son habituales los debates y noticias en los medios de comunicación sobre okupación y falta de disponibilidad de viviendas en alquiler. Por ello, en muchas ocasiones, los clientes se sienten más seguros arrendando sus viviendas a empresas, pues consideran que pueden ser más sólidas financieramente. Sin embargo, arrendar la vivienda a particulares para que la destinen a vivienda habitual tiene dos grandes beneficios:

En primer lugar, la estabilidad, pues el contrato de arrendamiento de vivienda habitual es de una duración más prolongada.

En segundo lugar, existe una reducción general en el IRPF del 50% sobre el rendimiento neto positivo del arrendamiento de un inmueble que constituya la vivienda habitual del arrendatario para aquellos contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023. Asimismo, el art. 23 de la Ley del IRPF prevé reducciones mayores para otras situaciones:

90% si, al firmar un nuevo contrato de arrendamiento, se reduce en un 5% el importe de la renta que se venía percibiendo siempre que la vivienda se halle en una zona de mercado residencial tensionado.

70% si se alquila la vivienda por primera vez, está en zona de mercado residencial tensionado y el arrendatario tiene entre 18 y 35 años.

70% si el arrendatario el una Administración Pública o entidad sin fines lucrativos que destine la vivienda a alquiler social o si la vivienda tiene una calificación por la que la Administración establezca un límite en la renta.

60% si la vivienda ha sido objeto de una actuación de rehabilitación.

Lamentablemente, a día de hoy, no se han determinado las zonas de mercado residencial tensionado en Baleares, por lo que la aplicación de los dos primeros beneficios (90% y 70%) no son de aplicación.

Todos aquellos contratos celebrados antes de la entrada en vigor de la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda se beneficiarán de una reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo del arrendamiento de un inmueble que constituya la vivienda habitual del arrendatario.