La cédula de habitabilidad es el documento que expide el consejo insular en virtud del cual se reconoce la aptitud de una vivienda, un local o un edificio residencial no incluido en el concepto de vivienda para que sea habitado, y que es obligatorio para ocuparlo o alquilarlo, salvo los casos en los que la cédula mencionada es sustituida por la licencia de ocupación o de primera utilización.

 

¿Cómo se obtiene la cédula de habitabilidad?

La primera cédula – cédula de habitabilidad de primera ocupación – se expide una vez se obtiene el certificado de final de obra del Ayuntamiento que certifica que la vivienda se ha construido conforme al proyecto aprobado. También cuando se han ejecutado obras de reforma que afecten a más del 60% de la construcción.

Esa primera cédula caducará a los 10 años. Para renovarla y obtener la “cédula de habitabilidad de renovación” un técnico certificará que la vivienda sigue en las mismas condiciones que cuando se obtuvo la cédula inicial.

 

¿Por qué razón una vivienda no podrá obtener la cédula de habitabilidad?

Son varias las razones, en primer lugar y la más común: que se hayan realizado sin la preceptiva licencia municipal o, habiendo obtenido la licencia, que se hayan ejecutado de una forma diferente al proyecto planteado y no llegando a obtener el final de obra. Para obtener la cédula de habitabilidad, habrá que legalizar esas obras.

Otra de las razones comunes en viviendas pequeñas como estudios es que no cumplan con los metros mínimos de habitabilidad.

 

¿En qué momentos nos van a pedir que exhibamos la cédula de habitabilidad?

Cuando vayamos a contratar suministros tales como agua, electricidad, gas y telecomunicaciones, pues sólo podrá haber suministro en aquellos inmuebles que reúnan las condiciones mínimas de medición, de higiene y de instalaciones adecuadas para albergar personas.

También nos pedirán la cédula de habitabilidad cuando vayamos a vender o alquilar una vivienda. No obstante, la ley prevé que, en caso de que no se disponga de cédula, de calificación o de licencia de ocupación o de primera utilización, se tiene que hacer constar expresamente este hecho en el documento privado que formalice el contrato o en la escritura pública. ¿Esto quiere decir que se puede comprar una vivienda que carezca de cédula? Actualmente sí, se puede, bajo la responsabilidad del comprador, y desconociendo si en un futuro será exigible en cualquier caso.

En conclusión, si bien es cierto que se puede comprar una casa que carezca de cédula de habitabilidad, nuestra recomendación es comprar viviendas que dispongan de la cédula en vigor.

 

 

Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.